Artículo 171 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Notificaciones por lista.- Los funcionarios a quienes corresponda hacer las notificaciones que no sean personales, fijarán diariamente fuera del tribunal una lista de los asuntos acordados, expresando el número del expediente, el nombre del inculpado y un resumen de la resolución; si ésta es sentencia, se transcribirán los puntos resolutivos. Publicada la lista, se asentará la razón respectiva en autos.
Las listas serán firmadas por los secretarios, quienes deberán coleccionarlas y remitirlas al Archivo del Poder Judicial, en enero de cada año.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.