Artículo 194 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cumplimiento del exhorto o requisitoria.- El tribunal que reciba un exhorto o requisitoria extendidos en debida forma, procederá a cumplimentarlos de inmediato.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.