Artículo 267 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Imposibilidad para declarar en el juzgado.- Si el testigo se hallare en el lugar de residencia del tribunal, pero tuviera imposibilidad física para presentarse ante él, será declarado en su domicilio o en el lugar en que se encuentre.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.