Artículo 269 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Declaración del testigo.- Las declaraciones de los testigos se tomarán por separado y el juez dispondrá lo que estime pertinente para que aquéllos no escuchen las deposiciones de los otros, ni se comuniquen entre sí.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.