Artículo 347 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Sentencia condenatoria.- Para dictar sentencia condenatoria es necesario que estén acreditados los elementos constitutivos del delito por el cual se acusa y la responsabilidad del acusado. En caso contrario, el fallo deberá ser absolutorio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.