Artículo 357 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Ejecutoria por declaración judicial.- Las sentencias de primera instancia causan ejecutoria por declaración judicial:
I.- Cuando sean consentidas expresamente por las partes y por el defensor;
II.- Si dentro del plazo que la ley señala, no se interpone el recurso de apelación;
III.- Cuando haya desistimiento del recurso de apelación; y, IV.- Cuando se declare sin materia el recurso interpuesto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.