Artículo 42 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Particulares implicados en un delito del fuero militar.- Si en un delito del orden militar estuviere implicado un particular, éste será juzgado por un tribunal penal de esta Entidad Federativa.
CAPITULO II COMPETENCIA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.