Artículo 498 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuantía máxima de la caución.- La cuantía máxima de la caución tendrá como único límite el criterio del agente del Ministerio Público que la determine fundada y motivadamente dentro de la averiguación previa, y el prudente arbitrio judicial cuando el inculpado la solicite en el proceso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.