Artículo 511 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Reaprehensión del inculpado.- Si se revoca el beneficio de la libertad bajo caución, se ordenará la reaprehensión del inculpado en los casos de las fracciones I, II, III, VII, IX, X y XI del artículo 508 de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.