Artículo 60 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Falsas generales del inculpado.- Las falsas generales atribuidas al verdadero inculpado, por hecho de éste o de otros, aún cuando correspondan a diversa persona y el inculpado haya sido considerado bajo esas generales durante el proceso, en cualquier momento podrán ser rectificadas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.