Artículo 602 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Orden de reaprehensión.- En caso de que el magistrado revoque la sentencia absolutoria pronunciada en primera instancia y sancione al acusado con pena de prisión, el juez, inmediatamente que reciba la ejecutoria, dictará orden de reaprehensión y la comunicará luego al agente del Ministerio Público adscrito al juzgado y al Director de Control de Procesos, con conocimiento del subprocurador de justicia que corresponda, para que sea ejecutada.
Una vez cumplida la orden, el juez procederá conforme al primer párrafo del artículo 600.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.