Artículo 313 de Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas
Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Interpuesto el recurso, en el acto de la notificación y dentro de las veinticuatro horas siguientes, el tribunal lo resolverá de plano si estimare que no es necesario oír a las partes. En caso contrario, los citará a audiencia verbal que se efectuará dentro de los tres días siguientes y en ella dictará su resolución, contra la que no procede recurso alguno.
CAPITULO II Apelación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.