Código de Proc. Penales estatal

Artículo 419 de Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas

Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Lo dispuesto en la fracción l del artículo anterior se entiende sin perjuicio de que en su oportunidad, se practiquen todas las diligencias que sean procedentes para comprobar la existencia del delito y la responsabilidad del prófugo, y para lograr su captura.

La substracción de un inculpado a la acción de la justicia no impedirá la continuación del procedimiento respecto de los demás inculpados que se hallaren a disposición del tribunal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 419 de Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas?

Lo dispuesto en la fracción l del artículo anterior se entiende sin perjuicio de que en su oportunidad, se practiquen todas las diligencias que sean procedentes para comprobar la existencia del delito y la…

¿Está vigente el artículo 419?

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