Artículo 331 de Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas
Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 331.- Los instrumentos públicos son admisibles mientras no se declare vista la causa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.