Artículo 239 de Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 239.- El juez ordenará a petición de parte, que cualquiera administración telegráfica le facilite copia de los telegramas por ella transmitidos, siempre que esto pueda contribuir al esclarecimiento de un delito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.