Artículo 57 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Requisitos formales de las resoluciones judiciales.- Toda resolución deberá consignarse por escrito; expresará el lugar y fecha en que se dicte; se redactará en forma clara, precisa y congruente con la promoción o actuación procesal que la origine.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.