Artículo 365 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 365.- Resolución del Tribunal Superior de Justicia.- Cuando conforme al artículo 16 el conflicto de competencia deba ser resuelto por el Tribunal Superior de Justicia, éste emitirá su resolución dentro del plazo de ocho días contados a partir de la fecha en que reciba el expediente o el incidente, ordenando el envío de estos al Juzgador que declare competente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.