Código Penal estatal

Artículo 378 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California (Código vigente en Mexicali; en Ensenada entrará en vigor el 11 de agosto de 2014;

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California (Código vigente en Mexicali; en Ensenada entrará en vigor el 11 de agosto de 2014; · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 378.- Sentencia condenatoria.- La sentencia condenatoria fijará las penas y se pronunciará sobre la suspensión de las mismas y la eventual aplicación de alguna de las medidas alternativas a la privación o restricción de libertad previstas en la Ley.

La sentencia que condenare a una pena privativa de libertad, fijará el tiempo de detención o prisión preventiva que deberá servir de base para su cumplimiento.

La sentencia condenatoria dispondrá también el decomiso de los instrumentos o efecto del delito o su restitución, cuando fuere procedente.

El Juez condenará a la reparación del daño cuando resulte procedente.

Cuando la prueba producida no permita establecer con certeza el monto de los daños y perjuicios, o de las indemnizaciones correspondientes, el Tribunal podrá condenar genéricamente a reparar los daños y perjuicios y ordenar que se liquiden en su ejecución de sentencia por vía incidental, siempre que éstos se hayan demostrado, así como su deber de repararlos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 378 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California (Código vigente en Mexicali; en Ensenada entrará en vigor el 11 de agosto de 2014;?

Sentencia condenatoria.- La sentencia condenatoria fijará las penas y se pronunciará sobre la suspensión de las mismas y la eventual aplicación de alguna de las medidas alternativas a la privación o restricción de…

¿Está vigente el artículo 378?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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