Código de Proc. Penales estatal

Artículo 433 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El recurso de apelación procederá contra:

I.- Las sentencias definitivas, cualquiera que sea su sentido;

II.- Los autos que nieguen el sobreseimiento y aquellos que lo decreten;

III.- Los autos que nieguen o concedan la suspensión del procedimiento judicial, y los que concedan o nieguen la acumulación o la separación de expedientes;

IV.- Los autos de formal prisión; los de sujeción a proceso y los que otorguen la libertad por falta de elementos para procesar o por desvanecimiento de datos;

V.- Los autos que concedan, nieguen o revoquen la libertad provisional bajo caución;

VI.- Los autos que resuelvan algún incidente no especificado;

VII.- Los autos que desechen medios de prueba;

VIII.- Los autos en que se niegue la orden de aprehensión, comparecencia o cateos, pero solo por el ministerio público;

IX.- Los autos que ratifiquen la detención ministerial por flagrancia o urgencia y los que ordenen la libertad por indebida detención;

X.- Los autos que otorguen, nieguen o levanten el embargo precautorio, así como las medidas de aseguramiento o la restitución de derechos, que pueden ser impugnados también por el ofendido;

XI.- Los autos en que un tribunal se niegue a declarar su incompetencia por declinatoria o inhibitoria;

XII.- Las resoluciones que decreten la nulidad de una diligencia o una prueba;

XIII.- El auto que ordena el cierre de la instrucción; y XIV.- Las demás resoluciones que expresamente señale la Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 433 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur?

El recurso de apelación procederá contra: I.- Las sentencias definitivas, cualquiera que sea su sentido; II.- Los autos que nieguen el sobreseimiento y aquellos que lo decreten; III.- Los autos que nieguen o concedan la…

¿Está vigente el artículo 433?

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