Artículo 185 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los peritos no oficiales, al aceptar su cargo, tienen obligación de protestar su fiel desempeño ante la autoridad que practique las diligencias.
En casos urgentes, la protesta la rendirán al producir o ratificar su dictamen.
(F. DE E., P.O. 16 DE AGOSTO DE 1997)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.