Artículo 226 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando alguna de las partes ofrezca como medio de prueba un documento público firmado en forma autógrafa o con la firma electrónica que no pueda obtener directamente, el Juzgador ordenará a quien corresponda le expida copia certificada o testimonio de dicho documento, sea esto en forma física o en medio magnético o electrónico.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.