Artículo 241 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Toda persona o servidor público, que por sí tenga conocimiento de la comisión de hechos posiblemente delictuosos, está obligado a informarlos con el debido respeto al Ministerio Público, transmitiéndole todos los datos que tenga; y en caso de urgencia, ante cualquier agente de policía.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.