Código de Proc. Penales estatal

Artículo 352 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La interposición de las impugnaciones, según el caso, tendrá efectos devolutivo o retentivo y ejecutivo o suspensivo.

Por los efectos devolutivo o retentivo la jurisdicción es o no devuelta al superior, para que la impugnación sea resuelta por éste o por el propio juzgador. Los efectos ejecutivo o suspensivo, determinarán si la resolución impugnada es ejecutable o no, en tanto se resuelve la impugnación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 352 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua?

La interposición de las impugnaciones, según el caso, tendrá efectos devolutivo o retentivo y ejecutivo o suspensivo. Por los efectos devolutivo o retentivo la jurisdicción es o no devuelta al superior, para que la…

¿Está vigente el artículo 352?

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