Artículo 40 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las actuaciones deberán practicarse y escribirse usando exclusivamente el idioma español.
Cuando el imputado, el ofendido o los testigos no comprendan o no hablen dicho idioma, se estará a lo dispuesto por los artículos 54 y 55 de este Código.
(ADICIONADO, P.O. 9 DE OCTUBRE DE 2010)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.