Código de Proc. Penales estatal

Artículo 524 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guanajuato

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Recibido el proceso o procesos y, en su caso, las pruebas del promovente, se pasará el asunto al Ministerio Público, por el término de cinco días para que pida lo que a su representación convenga.

(Artículo Reformado. P.O.14 de mayo de 1978)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 524 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guanajuato?

Recibido el proceso o procesos y, en su caso, las pruebas del promovente, se pasará el asunto al Ministerio Público, por el término de cinco días para que pida lo que a su representación convenga. (Artículo Reformado.…

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