Artículo 272 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guanajuato · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 272.- La inspección, así como el resultado de los cateos, harán prueba plena siempre que se practiquen con los requisitos legales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.