Artículo 103 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La resolución dictada por el juzgador requerido, ordenando la práctica de las diligencias que se le hayan encomendado, admite los recursos que este Código establece.
(REFORMADO, P.O. 22 DE MARZO DE 1999)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.