Artículo 124 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En aquellos casos en que la persona en contra de quien se libre la orden de aprehensión se encuentre fuera del Estado, pero dentro del País, el trámite correspondiente se sujetará a lo previsto por el artículo 119 Constitucional, su ley reglamentaria y los convenios de colaboración celebrados entre las Entidades Federativas a través de sus procuradurías generales de justicia. Si a quien debe de aprehenderse se encontrare en el extranjero, se observará la Ley de Extradición Internacional y los tratados celebrados para tal efecto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.