Código de Proc. Penales estatal

Artículo 146 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para la práctica de un cateo en las dependencias de cualquiera de los poderes federales, o en la residencia o dependencias del Estado y municipales, el juzgador recabará la autorización correspondiente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 146 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo?

Para la práctica de un cateo en las dependencias de cualquiera de los poderes federales, o en la residencia o dependencias del Estado y municipales, el juzgador recabará la autorización correspondiente.

¿Está vigente el artículo 146?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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