Artículo 196 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al practicarse una inspección podrá con las formalidades de la prueba testimonial, examinarse a las personas presentes, que puedan proporcionar algún dato útil para el esclarecimiento de los hechos, a cuyo efecto se les podrá prevenir que no abandonen el lugar.
SECCION QUINTA CONFESIONAL
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.