Artículo 252 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El impedimento legal, tanto en la excusa como en la recusación será calificada por el superior jerárquico. Contra la resolución que se dicte no habrá recurso alguno.
(REFORMADO, P.O. 22 DE MARZO DE 1999)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.