Código de Proc. Penales estatal

Artículo 264 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Del escrito de demanda y documentos que se acompañen, se correrá traslado al demandado para que formule su contestación en un plazo de tres días, transcurrido el cual se abrirá el incidente a prueba por quince días, si el ofendido, su asesor jurídico o algunas de las partes lo pidiere. Si el demandado no contesta a tiempo, el promovente podrá pedir que se declare la rebeldía.

Para los efectos de traslado, el promovente deberá presentar copias simples del escrito de demanda y de los documentos que acompañe.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 264 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo?

Del escrito de demanda y documentos que se acompañen, se correrá traslado al demandado para que formule su contestación en un plazo de tres días, transcurrido el cual se abrirá el incidente a prueba por quince días, si…

¿Está vigente el artículo 264?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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