Artículo 324 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando al promoverse la cuestión, para su demostración se ofrezcan pruebas, se abrirá un período de tres días para su desahogo, terminado el cual, se citará a las partes y al ofendido y su asesor jurídico, a una audiencia dentro de un plazo igual, en la que podrán formular verbalmente o por escrito alegatos. La autoridad pronunciará su resolución dentro de los tres días siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.