Artículo 387 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para el ejercicio de la acción penal, el ministerio público, deberá tener por comprobado el cuerpo del delito y establecida la probable responsabilidad del indiciado.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 22 DE MARZO DE 1999)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.