Artículo 411 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El juez, al dictar la orden de aprehensión o el auto de procesamiento, podrá cambiar la clasificación legal que de los hechos se hizo al ejercitarse la acción penal o, en su caso, al dictarse el mandato de aprehensión o de comparecencia, siempre que funde debidamente tal modificación, atento a las constancias de autos.
(REFORMADO, P.O. 22 DE MARZO DE 1999)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.