Código de Proc. Penales estatal

Artículo 423 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Agotada una audiencia y estando pendientes otras pruebas, las partes podrán ofrecerlas en ese momento o manifestar hacerlo oportunamente, para cuyo desahogo se señalará día y hora, que tendrá lugar dentro de los quince días siguientes, salvo que la agenda del juzgador no lo permita materialmente.

La existencia de pruebas o la imposibilidad de desahogar las ofrecidas y aceptadas, dará lugar a las audiencias que resulten. Las partes podrán desistirse de las pruebas ofrecidas y el juez podrá desechar las que a su juicio sea imposible desahogar.

SECCION SEGUNDA CIERRE DE INSTRUCCION

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 423 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo?

Agotada una audiencia y estando pendientes otras pruebas, las partes podrán ofrecerlas en ese momento o manifestar hacerlo oportunamente, para cuyo desahogo se señalará día y hora, que tendrá lugar dentro de los quince…

¿Está vigente el artículo 423?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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