Artículo 441 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son irrevocables y por tanto causan ejecutoria:
I.- Las sentencias de primera instancia, cuando sean consentidas expresamente por las partes; cuando dentro del plazo que la ley señala no se interpone el recurso de apelación, cuando haya desistimiento del recurso interpuesto o se declare desierto éste;
II.- Las resoluciones definitivas de segunda instancia; y III.- Aquéllas en las que la ley no conceda ningún recurso.
(REFORMADO, P.O. 22 DE MARZO DE 1999)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.