Artículo 476 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El juzgador auxiliará a los peritos para que puedan interrogar a los parientes y allegados al inculpado, en cuanto fuere preciso para determinar sus antecedentes patológicos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.