Artículo 52 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las promociones que se hagan por escrito deberán presentarse por duplicado y estarán firmadas por su autor o llevar su huella digital, pudiéndose ordenar su ratificación cuando se estime necesario, pero deberán ser siempre ratificadas si el que las hace no las firma por cualquier motivo.
Los documentos que se acompañen a las promociones, deberán presentarse con copia fotostática debidamente autorizada, la que se agregará al duplicado del expediente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.