Artículo 325 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 325.- Cuando el incidente no deba resolverse de plano se tramitará por cuerda separada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.