Artículo 461 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 461.- El aseguramiento, decomiso, destrucción y pérdida de objetos, instrumentos y productos del delito, se ejecutarán en los términos que prevea el Código Penal, este Código y la ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.