Código de Proc. Penales estatal

Artículo 152 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México

Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Se considerará imputado a quien, mediante cualquier acto del procedimiento, sea señalado como posible autor o partícipe en un hecho delictuoso.

Derechos del imputado

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 152 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México?

Se considerará imputado a quien, mediante cualquier acto del procedimiento, sea señalado como posible autor o partícipe en un hecho delictuoso. Derechos del imputado

¿Está vigente el artículo 152?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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