Artículo 152 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México
Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se considerará imputado a quien, mediante cualquier acto del procedimiento, sea señalado como posible autor o partícipe en un hecho delictuoso.
Derechos del imputado
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.