Artículo 168 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México
Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Durante el transcurso del procedimiento, el imputado podrá designar un nuevo defensor; en tanto este último no acepte el cargo, el juez deberá designarle defensor público.
Inadmisibilidad y apartamiento
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.