Artículo 32 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México
Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Es competente para conocer de los hechos considerados como delitos continuados y permanentes, el juez que haya prevenido.
Hechos delictuosos conexos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.