Código de Proc. Penales estatal

Artículo 441 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México

Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En lo no previsto en este título, el procedimiento de acción privada se regirá por las normas del ordinario.

Fallecimiento

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 441 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México?

En lo no previsto en este título, el procedimiento de acción privada se regirá por las normas del ordinario. Fallecimiento

¿Está vigente el artículo 441?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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