Artículo 136 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México
Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 136. La carga de la prueba corresponderá al ministerio público y, en su caso, al particular que ejercite la acción privada.
Objetividad y deber de lealtad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.