Código Penal estatal

Artículo 458 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México

Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 458. La remisión parcial de la pena se concederá sin perjuicio de cualquier otro beneficio concedido por la ley a los internos.

Tratamiento preliberatorio

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 458 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México?

La remisión parcial de la pena se concederá sin perjuicio de cualquier otro beneficio concedido por la ley a los internos. Tratamiento preliberatorio

¿Está vigente el artículo 458?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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