Código de Proc. Penales estatal

Artículo 17 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los secretarios deberán dar cuenta al Juez dentro del término de veinticuatro horas con el proyecto de acuerdo respectivo de las promociones recibidas, salvo los casos en que conforme a la Ley deban resolverse inmediatamente.

(REFORMADO, P.O. 18 DE AGOSTO DE 1993)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 17 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit?

Los secretarios deberán dar cuenta al Juez dentro del término de veinticuatro horas con el proyecto de acuerdo respectivo de las promociones recibidas, salvo los casos en que conforme a la Ley deban resolverse…

¿Está vigente el artículo 17?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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