Artículo 407 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Serán aplicables las disposiciones de este Capítulo a las averiguaciones que se practiquen por el Ministerio Público o los tribunales, aún cuando no exista auto de formal prisión o de sujeción a proceso.
CAPITULO V SEPARACION DE AUTOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.