Artículo 58 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para la práctica de un cateo en la residencia o despacho oficial de funcionarios de cualquiera de los Poderes de la Federación, Estado o Municipios, el Tribunal recabará la autorización correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.